El Ayuntamiento de Santander, ha aprobado la convocatoria de las ayudas para la rehabilitación de fachadas y la instalación de ascensores, en las que se aplicarán ya las nuevas bases con las mejoras incluidas para ampliar las cuantías de las que podrán beneficiarse las comunidades de propietarios.

César Díaz, concejal de Infraestructuras, Urbanismo y Vivienda, ha señalado que en los próximos días se publicará la convocatoria en el BOC y se abrirá el plazo para presentar solicitudes, que se extenderá hasta el 28 de febrero de 2018.

Según ha explicado el edil, una vez aprobadas de forma definitiva las nuevas ordenanzas que regulan estas ayudas, se abre la convocatoria de este año, que cuenta con un presupuesto global para las dos líneas cercano a los 500.000 euros, en concreto, 243.550 euros para cada una de ellas.

Entre las principales novedades, hay que destacar que, a partir de ahora, las ayudas municipales serán compatibles con las de otras administraciones, y también se destaca, el aumento de las cuantías, con el fin de incentivar aún más a las comunidades de propietarios para acometer este tipo de mejoras en sus inmuebles.

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento junto con la documentación correspondiente, y para mayor información se pueden consultar las bases en la web municipal.

La nueva ordenanza de ayudas para la rehabilitación de fachadas de edificios catalogados introduce como principal novedad el incremento del importe que se podrá conceder, tanto para las obras del grupo general (revocos, enfoscados, pintura, arreglo de balcones…) como para las del grupo especial (recuperación de elementos arquitectónicos y arreglos que requieran mayor especialización).

Así, las ayudas para los trabajos del grupo general aumentan un 50 % (de 60 euros por metro cuadrado de fachada hasta ahora, a 90 euros en adelante) y las destinadas a trabajos especiales crecen un 33 % (de 90 a 120 euros por metro cuadrado).

En cuanto al presupuesto mínimo de la obra para poder solicitar ayuda, es de 6.000 euros.

Ayudas para la instalación de ascensores

Por otro lado, en lo que respecta a las ayudas para la instalación de ascensores en edificios preexistentes, se aumenta el máximo de ayuda que se podrá conceder, llegando hasta el 20 por ciento (frente al 15 % máximo aplicado con la ordenanza anterior).

Además, se modifica la forma de calcular la subvención, graduándola en función del número de plantas del edificio, y se introduce un nuevo tipo de ayuda para aquellos casos especiales que no encajan en las dos modalidades actuales (ascensor interior o exterior), en los que se tiene que optar por modificar la escalera y sacar parte de ésta al exterior.

Hasta ahora la ordenanza contemplaba dos tipos de ayudas: para ascensores interiores y para ascensores exteriores.

En la nueva regulación se introduce un tercer tipo de ayuda y se otorgarán en todos los casos en función del número de plantas, de tal manera que se concederán 2.250 euros por planta para ascensores interiores; 3.000 euros por planta para los exteriores; y 3.750 euros por planta para los casos especiales.

Además, tanto en las ayudas para la rehabilitación de fachadas como en las destinadas a la instalación de ascensores se suprime la incompatibilidad de estas ayudas municipales con las de otras administraciones.

Y en ambos casos, para la solicitud de las ayudas se deberá presentar el informe de evaluación del edificio que exige la normativa autonómica para todos los inmuebles de más de 50 años de antigüedad.