Tras el reclamo de la Comunidad Europea que insta a España al cumplimiento de la normativa europea 2010/31 sobre eficiencia energética, la cual exige a los estados miembros de la UE que todos sus edificios públicos sean Edificios de Consumo Casi Nulo a partir del 31 de diciembre de 2018 y que los edificios, sin excepción, lo sean a partir del 31 de diciembre de 2020; está siendo un factor clave para que tanto profesionales del sector inmobiliario y de la construcción, como ciudadanos y administraciones públicas, redoblen esfuerzos e interés por avanzar en la construcción de edificios energéticamente eficientes.
Esta situación está generando, sin embargo, la aparición de personas que no dudan en tratar de sacar provecho de la situación de forma ilegítima, intentando hacer pasar por edificios y/o viviendas Passivhaus, obras que no lo son.
Ante esta problemática, la Plataforma de Edificación Española Passivhaus alerta de que una casa es pasiva solamente si cumple con el estándar Passivhaus, que exige:
- Importantes limitaciones en la demanda de calefacción (ha de ser menor o igual a 15kWh/m² año) y en la demanda de refrigeración (siempre menor o igual a 15kWh/m² año)
- La energía primaria utilizada por la edificación ha de estar en un máximo de 120kWh/m² al año.
- La práctica ausencia de infiltraciones de aire (por debajo o igual a 0,6 renovaciones/hora).
Ahora bien, como consumidores, ¿cómo podemos defendernos?
La Ley General para la defensa de Consumidores y Usuarios ofrece la protección legal necesaria en España.
Concretamente el Capítulo II, Artículo 5, Actos de Engaño al Consumidor, de ducha Ley prohíbe la difusión de indicaciones incorrectas o falsas, o la omisión de verdaderas, respecto a los productos o servicios ofrecidos que puedan inducir a error a las personas a las que se dirigen, y en general, sobre las ventajas ofrecidas.
Como explica PEP, un edificio que cumpla con el estándar Passivhaus es un producto definido claramente, distintivo y consolidado, que aporta numerosos beneficios para el consumidor y para el medio ambiente incluyendo, entre otros, garantizar el consumo casi nulo de energía para climatización, evitar defectos o patologías en los edificios que propician la formación de mohos, alcanzar excelentes niveles de confort térmico y una altísima calidad del aire interior, o asegurar la disminución de la huella de carbono y otros daños ambientales derivados del derroche de energía.
Según alertan desde PEP, “un edificio que no cumpla el estándar Passivhaus y se ofrezca o comercialice como tal implica que no puede garantizar esos beneficios y es, por tanto, un claro engaño debido a las falsas alegaciones y tergiversaciones en relación al cumplimiento del edificio con el Estándar Passivhaus”.
Para evitar ser defraudado, recomendamos que las obras se contraten con expertos adecuadamente formados, reflejen en sus contratos sus intereses y, si llegase el caso, demanden a los responsables.
Fuente: Interempresas.net





