Ya está abierto el plazo de solicitud de ayudas del Plan Renove de ventanas 2017 de la Comunidad de Madrid. El convenio, que se firmó el pasado 27 de diciembre, cuenta con un presupuesto de 745.000 €.

 Empresas instaladoras

Las empresas instaladoras interesadas en participar como entidades colaboradoras se han de inscribir en la página web habilitada desde el 29 de diciembre y presentar antes del día 23 de enero la siguiente documentación:

– Certificado de asistencia al cursillo.

– Justificante de la transferencia de 250 € + IVA.

– Formulario rellenado digitalmente.

– Presentación del formulario original y que su fabricante de ventanas adherido presente el certificado de autorización al distribuidor/instalador.

 

Es imprescindible que tanto los suministradores de materia prima, los transformadores de vidrio y los fabricantes de ventanas estén adheridos al plan. En caso de no estar dados de alta, los distribuidores/instaladores no podrán adherirse.

 

Plazo de solicitud de ayudas

El plazo de solicitud de incentivos del Plan Renove ventanas 2017 de la Comunidad de Madrid se prolongará hasta el 30 de junio de 2017 o hasta que se agoten los fondos.

Las subvenciones están destinadas a las viviendas o edificios del sector residencial y terciario ubicados en la Comunidad de Madrid que deseen cambiar las ventanas en su conjunto (marcos y acristalamientos).

 

Algunos requisitos que se deberán cumplir

Los requisitos que se deben cumplir para la sustitución de ventanas en su conjunto (marco y acristalamiento con posibilidad de incorporar capialzado) son los siguientes:

  • Las ventanas que se instalen deben ser nuevas, lo que se acreditará mediante la factura correspondiente, y tener como destino viviendas o edificios del sector terciario de la Comunidad de Madrid.
  • En ningún caso se podrá acoger al Plan Renove la compra sin instalación; dicha instalación se acreditará mediante la correspondiente factura emitida por la Empresa Instaladora Adherida al Plan Renove que realice la sustitución.
  • Que la superficie mínima de vidrio sustituido acumulada de la actuación vinculada a la solicitud de ayuda sea de al menos 2 m2.
  • Los marcos y hojas deberán ser de PVC, madera, metálicos o mixtos. En el caso de los marcos y hojas de PVC, tendrán clasificación para clima severo en España.
  • En el caso de carpinterías metálicas, deberán disponer de rotura de puente térmico.
  • Todos los suministradores deberán presentar los certificados y ensayos (Completos) según norma para poder incluir sus marcos, vidrios y persianas a la base de datos.
  • Para acogerse al Plan Renove de Ventanas de la Comunidad de Madrid tanto el beneficiario como el instalador deben firmar el Boletín de Solicitud de Incentivo (BOSI) y el anexo correspondiente en el que aparecen las características de los productos utilizados en la instalación. Ambos documentos son enviados por correo electrónico al instalador en el momento de dar de alta el expediente de dicha instalación.

 

No se considerará actuación susceptible de ayuda:

  • Las ventanas ubicadas en paramentos no verticales.
  • Los cerramientos acristalados que se coloquen con la finalidad de cerrar terrazas, balcones o galerías.

 

Más información en: www.planrenovedeventanas.com

 
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